ISSS Instituto Salvadoreño del Seguro Social

Regresar al listado Icon pdf Vista en PDF

Toma de sobrevivencia de los pensionados

Los pensionados para continuar recibiendo la pensión, deberán constatar la existencia física.

Requisitos generales

Usuario deberá de presentarse con su DUI cada seis meses

PARA LOS PENSIONADOS RESIDENTES EN EL EXTRANJERO:
Con el objeto de comprobar su sobrevivencia, los pensionados que residan temporal o permanentemente en el extranjero, podrán hacer uso de cualquiera de las modalidades que se describen a continuación:

1. A través de Declaración Jurada Otorgada por Cónsules de El Salvador
Para la comprobación de su sobrevivencia, el pensionado deberá presentarse ante la Oficina del Consulado Salvadoreño en el país de residencia y solicitarle efectuar la Declaración Jurada ante sus oficios, la cual deberá redactarse de acuerdo a las prácticas notariales de El Salvador.

2. A través de Declaración Jurada Otorgada por Notario
a) En caso de no existir Consulado de El Salvador en el país de residencia, el pensionado podrá comprobar su sobrevivencia a través de la declaración jurada, la cual deberá realizarse ante los oficios de un notario público (residente en el mismo país domiciliar del pensionado) que esté autorizado por la Corte Suprema de Justicia de El Salvador.

b) Alternativamente, la declaración jurada podrá otorgarse ante los oficios de la persona que ejerza la función del notariado en el país de residencia del pensionado, la cual tendrá validez en El Salvador, siempre y cuando ésta se realice en idioma castellano y lleve las auténticas de firma requeridas por las leyes salvadoreñas y tratados internacionales suscritos por El Salvador.

c) En este caso la declaración jurada podrá realizarse en acta notarial, siempre y cuando cumpla con los requisitos establecidos por la Ley de Notariado.

El pensionado deberá remitir al Instituto Previsional correspondiente, el original de la Declaración Jurada a que se refieren los numerales anteriores.
En caso que el pensionado no envíe la declaración jurada, no se podrá hacer efectivo el pago de la pensión de ese mes y de los siguientes. El pago de la pensión se reanudará de manera retroactiva, hasta que demuestre su condición de sobrevivencia, mediante la entrega del documento correspondiente.

Datos generales

Tiempo de respuesta
40 minutos
Área encargada
Sección Control de Pensiones, Sucursales: Santa Ana, Sonsonate, Usulutan y San Miguel, Unidad Medica de Soyapango, Ilopango, Apopa Santa Tecla y San Jacinto
Encargado del servicio
Jefe de cada servicio
Dirección donde solicitar el servicio

3ra. Calle poniente entres 77 y 79 ave. Norte #4048 Col. Escalón, San Salvador

Santa Ana: Col. El Palmar, final 10 Av. Sur;
Sonsonate: Km. 66 1/2 carr. Hacia Acajutla;
Usulutan: 3ra. Av. Nte. #9 Barrio la merced;
San Miguel: 2da. Av. Nte. y 8a. C. ote.

Soyapango: Col. Prados de Venecia III prol. Ave. Prusia, Km 22 1/2 Carret. Oro. Ilopango: Boulevard del Ejercito Km. 8 1/2, Ilopango
Apopa: Final Calle la Ronda y 4ta. Av. Sur, contiguo a Merdado municipal de Apopa Santa Tecla: 8a. Ave. Sur No. 3 Santa Tecla.
San Jacinto: Barrio San Jacinto Av. Berberena No. 1236

Todas la Unidades Medicas del ISSS

Teléfono Call Center: 127

Horario
Oficinas UPISSS: 7:00 am a 4:00 pm.; sin cerrar al mediodía Santa Ana: Col. El Palmar, final 10 Av. Sur; Sonsonate, Usulutan y San Miguel: 8:00 am a 12:00 pm y de 12:40 a 4 pm Soyapango, Ilopango, Apopa, Santa Tecla y San Jacinto: 7:00 am a 12:00 m y de 12:40 a 3 pm. Todas la Unidades Medicas del ISSS, 6:00 am a 6:00 pm sin cerrar al mediodía
Observaciones
Contacto Seguro: 127 opción 7 o WhtasApp 7071-1000
Costo total del servicio
0

Archivos adjuntos

Nombre archivo adjunto
Descripción archivo adjunto
Archivo
Fecha de creación
02/02/2017
Fecha de última actualización
13/02/2024
Regresar al listado