DGME Dirección General de Migración y Extranjería

Servicios

En este aparatado se publican los servicios ofrecidos por la institución indicando los lugares y horarios de atención, el procedimiento necesario para acceder a ellos, entre otros. Se recomienda hacer uso de los filtros o el buscador para optimizar su búsqueda.

01/02/2024
Consulta realizada con el fin de conocer la existencia o carencia de una restricción migratoria.
Creación: 17/10/2013
Actualización: 01/02/2024
08/02/2024
El instructivo F-01 está dirigido a personas extranjeras de todas las nacionalidades, tales como:  Trabajadoras transnacionales de servicio. Art. 104 numeral 3) y 107 de la Ley Especial de Migración y de Extranjería.  Que colaboren en una misión internacional que preste asistencia humanitaria extranjera. Art. 104 numeral 4) de la Ley Especial de Migración y de Extranjería.  Brigadas médicas. Art. 104 numeral 5) de la Ley Especial de Migración y de Extranjería.  Que realice ad honorem cualquier actividad de beneficio social comprobado. Art. 104 numeral 6) de la Ley Especial de Migración y de Extranjería.
Creación: 22/07/2020
Actualización: 08/02/2024
08/02/2024
El instructivo F-02 está dirigido a personas extranjeras de todas las nacionalidades, tales como: Personas extranjeras de todas las nacionalidades que son trasladadas temporalmente a El Salvador y que tienen una relación laboral con una empresa establecida fuera del territorio salvadoreño, en los supuestos siguientes: a. Cuando el desplazamiento se produzca por cuenta y bajo la dirección de la empresa, en ejecución de un contrato celebrado entre la misma y el destinatario de la prestación de servicios, esté establecido o ejerza su actividad en El Salvador. b. Cuando se trate de desplazamientos a centros de trabajo en El Salvador de la propia empresa extranjera o de otra empresa del grupo de que forme parte. Lo anterior, según el Art. 109 numeral 4) de la Ley Especial de Migración y de Extranjería.
Creación: 23/07/2020
Actualización: 08/02/2024
08/02/2024
El instructivo F-03 está dirigido a personas extranjeras que soliciten Residencia Temporal en el país con permiso para trabajar, de conformidad a lo establecido en el Art. 109 numerales 7), 8), 12),16), 17) y 23) de la Ley Especial de Migración y de Extranjería, que se detalla a continuación: a. Trabajadores profesionales del deporte. b. Trabajadores migratorios y sus familiares dependientes. c. Académicos o docentes. d. Científicos y personal especializado que se dediquen a actividades académicas, de investigación, técnicas o de asesoría. e. Directivos, técnicos y personal administrativo trasladados desde el exterior. f. Personas extranjeras que presten servicios a una institución pública para proyectos de interés público.
Creación: 23/07/2020
Actualización: 08/02/2024
08/02/2024
El instructivo F-04 está dirigido a personas extranjeras que tenga la calidad de presidente, miembros de junta directiva, representante legal, accionista de una sociedad mercantil legalmente establecida en el territorio salvadoreño; titulares o gerentes generales de una empresa que tiene una inversión activa en el país atendiendo a lo establecido en Art. 11 de la Ley de Inversiones en donde se requieren cuatro mil salarios mínimos mensuales vigentes a la fecha de su transferencia a El Salvador y Arts. 90 y 109 numeral 1) de la Ley Especial de Migración y de Extranjería.
Creación: 23/07/2020
Actualización: 08/02/2024
08/02/2024
El instructivo F-05 está dirigido a personas extranjeras que tengan la calidad de presidente, miembros de junta directiva, representante legal, accionista de una sociedad mercantil; titular o gerente general de una empresa que ingrese al país con la finalidad de realizar actividades de promoción o identificación de oportunidades de inversión en las áreas de industria, comercio, turismo, proveedores de bienes o servicios o cualquier actividad económica lícita, de conformidad a lo establecido en los Arts. 89 y 109 numeral 2) de la Ley Especial de Migración y de Extranjería.
Creación: 23/07/2020
Actualización: 08/02/2024
08/02/2024
El instructivo F-06 está dirigido a personas extranjeras que ingresen y permanezcan temporalmente en la calidad de jefe directivo para supervisar o capacitar a empleados de una empresa legalmente constituida en el territorio salvadoreño, aquellos que ingresen para atender asuntos especializados (apoderados especiales), agentes viajeros, delegados comerciales, soporte técnico, supervisor o auditor excepcionalmente vinculados a las actividades de la empresa o sociedad radicada en El Salvador, de conformidad a lo establecido en los Art. 91 y 109 numeral 3) de la Ley Especial de Migración y de Extranjería.
Creación: 23/07/2020
Actualización: 08/02/2024
08/02/2024
El instructivo F-07 está dirigido a Personas extranjera que ingrese al país y reciban pensiones mensuales, permanentes y estables provenientes del exterior, cuyo monto no sea inferior a TRES SALARIOS MÍNIMOS MENSUALES VIGENTES CORRESPONDIENTES AL SECTOR COMERCIO Y SERVICIOS destinado para su subsistencia en el país. El residente pensionado no podrá dedicarse a ninguna clase de trabajo remunerado, salvo el trabajo con el Estado, Municipios o Instituciones oficiales autónomas, en materia especializada o la docencia, de conformidad a lo establecido en los Art. 109 numeral 6), inciso 3 (solo para personas centroamericanas) y 144 de la Ley Especial de Migración y de Extranjería.
Creación: 23/07/2020
Actualización: 08/02/2024
08/02/2024
El instructivo F-08 está dirigido a Personas extranjeras que ingrese al territorio nacional y recibe rentas mensuales, permanente y estables provenientes del exterior cuyo monto no sea inferior a CUATRO SALARIOS MÍNIMOS MENSUALES VIGENTES CORRESPONDIENTES AL SECTOR COMERCIO Y SERVICIOS, destinados para su subsistencia en el país. El residente rentista no podrá dedicarse a ninguna clase de trabajo remunerado, salvo el trabajo con el Estado, Municipios o Instituciones oficiales autónomas, en materia especializada o la docencia, de conformidad a lo establecido en los Art. 109 numeral 5) e inciso 3 (solo para personas centroamericanas) y 145 de la Ley Especial de Migración y de Extranjería.
Creación: 23/07/2020
Actualización: 08/02/2024
08/02/2024
El instructivo F-09 está dirigido a Familiares de cualquier nacionalidad (cónyuges, compañeros de vida, padres e hijos menores de 18 años de edad) de personas que residen en el país e ingresen a la República de El Salvador como acompañantes de residentes Temporales o Definitivos. Esta calidad migratoria será otorgada sin autorización para trabajar, de conformidad a lo establecido en el Art. 109 numeral 8), 9) de la Ley Especial de Migración y de Extranjería, que se detallan a continuación: a) Casado o conviviente con persona salvadoreña. b) Casado o conviviente con persona extranjera. c) Familiares de personas extranjeras residentes. d) Persona extranjera que tiene familiares salvadoreños.
Creación: 23/07/2020
Actualización: 08/02/2024
08/02/2024
El instructivo F-10 está a dirigido a personas extranjeras que ingresan al país para cursar estudios técnicos, universitarios, especializados, los que realizan trabajos de investigación o pasantías no remunerada, dentro de la República de El Salvador. Asimismo, para personas extranjeras admitidas con fines de estudios que también realicen actividades remuneradas a tiempo parcial o de duración según contrato presentado que no limite su condición de estudiante, de conformidad a lo establecido en los Arts. 109 numeral 11) y 125 de la Ley Especial de Migración y de Extranjería.
Creación: 23/07/2020
Actualización: 08/02/2024
08/02/2024
El instructivo F-11 está a dirigido a Personas extranjeras no centroamericanas de origen que constituyen sociedades salvadoreñas y que hayan suscrito y pagado como accionistas en dicha sociedad no menos de diez mil dólares de los Estados Unidos de América, de conformidad a lo establecido en el Art. 109 numeral 13) de la Ley Especial de Migración de Extranjería.
Creación: 23/07/2020
Actualización: 08/02/2024
08/02/2024
El instructivo F-12 está dirigido a personas extranjeras no centroamericanas de origen que sea comerciante individuales titulares de empresas mercantiles cuyos activos no sean inferiores a dos mil quinientos dólares de los Estados Unidos de América, de conformidad al Art. 109 numeral 14) de la Ley Especial de Migración y de Extranjería.
Creación: 23/07/2020
Actualización: 08/02/2024
08/02/2024
El instructivo F-13 está dirigido a Personas extranjeras de todas las nacionalidades, que ingresen a la República de El Salvador como representante y empleados de organismos internacionales no gubernamentales cooperantes con el Gobierno de El Salvador, fundaciones y asociaciones sin fines de lucro, de conformidad al Art. 109 numeral 15) de la Ley Especial de Migración y de Extranjería.
Creación: 23/07/2020
Actualización: 08/02/2024
08/02/2024
El instructivo F-14 está dirigido a Personas extranjeras de todas las nacionalidades, que sean víctimas de trata de personas, en razón de su recuperación o de su colaboración con los organismos de la administración de justicia de conformidad a lo establecido en el Art. 109 numeral 19) 136 y 138 de la Ley Especia de Migración y Extranjería
Creación: 23/07/2020
Actualización: 08/02/2024
08/02/2024
El instructivo F-15 está dirigido a personas extranjeras tales como: a. Que por razones humanitarias justifiquen ante la Dirección General un tratamiento especial. Art. 109 numerales 20) de la Ley Especial de Migración y de Extranjería. b. Que como resultado del proceso para reconocer la condición de persona refugiada no reúna los requisitos para ser reconocidos como tal. Art. 109 numerales 21) de la Ley Especial de Migración y de Extranjería. c. Que por razones de colaboración con la justicia bajo el régimen de protección de víctimas, testigos, peritos o sujetos a proceso judicial. Art. 109 numerales 22) de la Ley Especial de Migración y de Extranjería.
Creación: 23/07/2020
Actualización: 08/02/2024
08/02/2024
El instructivo F-16 está dirigido a personas Dirigido a personas religiosas de todas las nacionalidades católicos y miembros de otras denominaciones religiosas cuya iglesia haya obtenido su personería jurídica conforme a las leyes de la República; así como, la de su respectivo grupo familiar, que se dediquen de forma exclusiva a actividades propias de su culto, con autorización para residir con ingreso y salida múltiple, de conformidad al Art. 109 numeral 10) de la Ley Especial de Migración y de Extranjería.
Creación: 23/07/2020
Actualización: 08/02/2024
09/02/2024
El instructivo F-17 está dirigido a Personas naturales o Representantes Legales de Persona Jurídicas extranjeras, que previamente se les ha otorgado Residencia Temporal de Inversionistas en El Salvador y desean prorrogar su estadía en el territorio salvadoreño, de conformidad a los Arts. 90, 109 numeral 1) y 113 de la Ley Especial de Migración y de Extranjería.
Creación: 23/07/2020
Actualización: 09/02/2024
09/02/2024
El instructivo F-18 está dirigido a Personas que se encuentran laborando en la República de El Salvador, bajo la calidad de Residente Temporal con autorización para trabajar y desean prorrogar su calidad migratoria por encontrarse aún vigente su contrato laboral, de conformidad a lo establecido en los Arts. 109 numerales 7), 8), 12),16), 17) y 23) de la Ley Especial de Migración y de Extranjería, que se detalla a continuación: a) Trabajadores profesionales del deporte. b) Trabajadores migratorios y sus familiares dependientes. c) Académicos o docentes. d) Científicos y personal especializado que se dediquen a actividades académicas, de investigación, técnicas o de asesoría. e) Directivos, técnicos y personal administrativo trasladados desde el exterior. f) Personas extranjeras que presten servicios a una institución pública para proyectos de interés público. Además, cumplir con los artículos 113 y 124 de la misma Ley.
Creación: 23/07/2020
Actualización: 09/02/2024
09/02/2024
El instructivo F-19 está dirigido a personas naturales o Representantes Legales de Persona Jurídicas extranjeras, que previamente se les ha otorgado Residencia Temporal de Inversionistas en El Salvador y desean prorrogar su estadía en el territorio salvadoreño, de conformidad a los Arts. 90, 109 numeral 1) y 113 de la Ley Especial de Migración y de Extranjería.
Creación: 23/07/2020
Actualización: 09/02/2024