DGME Dirección General de Migración y Extranjería

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Constancia de no restricción persona Delegada

Es el documento que comprueba que una persona no posee restricción migratoria emitido por esta Dirección General.

Requisitos generales

1) Documento Único de Identidad vigente y en original.
2) Original y copia de del documento que compruebe la representación legal, donde se consigne que está facultado para realizar el trámite, el cual puede ser: poder general administrativo; poder especial; poder judicial; siempre que se demuestre el interés legal; acta notarial o documento privado con firma legalizada. Cualquiera de los anteriores debe ser elaborado por notario, cónsul Salvadoreño o funcionario extranjero; para este último caso, los documentos deberán presentarse debidamente apostillados o en su defecto autenticados y de encontrarse en idioma diferente al castellano, debe seguir las respectivas diligencias de traducción.
3) Copia de los documentos del poderdante establecidos para persona nacional o extranjera, según sea el caso.
4) Completar el formulario del trámite solicitado emitido por la Dirección General.

Datos generales

Tiempo de respuesta
A partir del cuarto día hábil, contado un día después de solicitado el trámite.
Área encargada
Departamento de Restricciones
Encargado del servicio
GERENCIA LEGAL, DEPARTAMENTO DE RESTRICCIONES MIGRATORIAS.
Dirección donde solicitar el servicio

Todas las sucursales de Emisión de Pasaportes de la DGME, en los horarios de atención al usuario correspondientes.

También podrán ser solicitados en línea, mediante la dirección www.migracion.gob.sv accediendo en servicios en línea y ser retiradas en cualquiera de las ocho sucursales.

Horario
En los horarios de atención al usuario correspondientes de todas las sucursales de Emisión de Pasaportes de la DGME.
Observaciones
La consulta puede ser requerida por personas nacionales o extranjeras ya sea a titulo personal o por medio de persona delegada mediante instrumento publico
Costo total del servicio
Nacionales $10.00 y Extranjeros $11.00, tasa regulada en el Art. 325 de la LEME.
Fecha de creación
17/10/2013
Fecha de última actualización
01/02/2024
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