FOVIAL Fondo de Conservación Víal

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MANTENIMIENTO RUTINARIO DEL GRUPO 4 DE VÍAS NO PAVIMENTADAS, UBICADAS EN LA ZONA 2 DE EL SALVADOR

Nombre de la obra
MANTENIMIENTO RUTINARIO DEL GRUPO 4 DE VÍAS NO PAVIMENTADAS, UBICADAS EN LA ZONA 2 DE EL SALVADOR
Ubicación exacta
Sonsonate y La Libertad
Costo total de la obra
$726,489.49
Fuente de financiamiento
FONDO GENERAL
Fecha de inicio de la obra
02 de enero de 2017
Tiempo de ejecución
12 MESES
Número de beneficiarios
3,000
Empresa o entidad ejecutora
CONVASES, S.A. DE C.V.
Empresa o entidad supervisora
SOIL-TESTER DEALER, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE
Nombre del responsable de la obra
ING. LUIS MORENO
Fecha de creación
23/08/2017
Fecha de última actualización
09/02/2021

Contenido del contrato

Forma de pago
- CLAUSULA TERCERA: MONTO DEL CONTRATO Y FORMA DE PAGO. Por los trabajos correspondientes al objeto de este contrato, el FOVIAL pagara al contratista la suma acordada incluido el lmpuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestacion de Servicios. La forma de pago sera por costos unitarios de acuerdo a las cantidades de obra realizadas y al plan de oferta presentado por el contratista. Los pagos al contratista seran aprobados por el funcionario del FOVIAL que corresponda segun la autorizacion de niveles de gastos aprobada por el Consejo Directivo del FOVIAL en el punto Vl de la sesion cero trece/dos mil siete, del treinta de mayo de dos mil siete. La liquidacion final del contrato se hara despues de haber sido completado y aceptado el trabajo de acuerdo con lo dispuesto en los documentos contractuales.
Garantías
- CLAUSULA DECIMA PRIMERA: GARANTIAS. El contratista se obliga a rendir a favor del FOVIAL las garantias establecidas en los documentos contractuales, en los plazos, por los montos y con los requisitos establecidos en dichos documentos, aceptando las consecuencias que en los mismos se establece para la falta de presentacion o presentacio?n tardi?as de las expresadas garantias. Si despues de practicada la liquidacion del presente contrato se comprobare vicios ocultos en la obra, imputables al contratista, se deberan ejercer las acciones legales correspondientes, para el resarcimiento de los danos y perjuicios causados.
Código de contrato
CO0272017
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