IPSFA Portal de Tranparencia del Instituto de Previsión Social de la Fuerza Armada.

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Asignación

Prestación equivalente al 5% del Salario Básico Regulador (SBR) por cada mes cotizado, a la que tienen derecho aquellos cotizantes que habiendo cumplido la edad de retiro (50 años según Art. 26 de la Ley IPSFA) no cumplan con el tiempo mínimo requerido para acceder a una Pensión por Retiro y previa declaración de imposibilidad de continuar cotizando. Debe haber cotizado al menos 3 años al Régimen de Pensiones después de la Reforma de Ley de Noviembre de 1999 (para Reafiliados).

Requisitos generales

Los Requisitos para iniciar el trámite:

Del Afiliado:
 Fotocopias legibles de DUI y NIT ampliadas al 150%
 Carnet o Constancia de Número de afiliación ISSS
 Partida de Nacimiento original
 Certificaciones de Tiempo de Servicio (de todas la Unidades Militares donde estuvo de alta).
 Constancia de Empleador de último salario con el detalle de descuentos. En caso de Bomberos,
personal CEFAFA, Régimen antiguo PNC y Reafiliados: Constancia de tiempo laborado en la
Institución.
Solvencia de Procuraduría General de la República, reciente máximo 1 mes de emisión.
 Cuenta Bancaria actualizada máximo 1 mes (Agrícola, Cuscatlán, Davivienda, Scotiabank o América
Central)
 Constancia CEFAFA (solo personal de Alta)

• Si es por medio de Apoderado Legal: Poder con cláusula especial describiendo el nombre del Tipo de
trámite, DUI y NIT del Apoderado Legal.

• Si es por medio de Apoderado Legal: Declaración Jurada por Notario de la Renuncia por imposibilidad
de seguir cotizando.

Datos generales

Tiempo de respuesta
De 1 a 2 meses
Área encargada
Departamento de Servicio al Cliente
Encargado del servicio
Gestores de Servicio al Cliente.
Dirección donde solicitar el servicio

Oficinas Centrales del IPSFA: ubicadas en Alameda Roosevelt y 55 avenida Norte Torre El Salvador, San Salvador.
Sucursal IPSFA San Miguel: Carretera Panamericana Km. 136, y Sucursal IPSFA Santa Ana: 6a. Avenida Sur y 11a. Calle Poniente.
Consultas a TELEIPSFA: 2260-6270, e-mail: servicioalcliente@ipsfa.com

Horario
De lunes a viernes de 8:30 a.m. a 4:45 p.m. por la situacion especial que se vive a raíz de l pandemia se tiene un horario y procedimiento especial hay que solicitar cita al tel 22347471 o se puede seguir los pasos indicados en la pagina webb del IPSFA www.ipsfa.com
Observaciones
Cotizan para Pensión todas las poblaciones afiliadas al IPSFA. Excepto Empleados IPSFA, civiles y Cotizantes Voluntarios al Artículo 54 de la Ley del IPSFA.
Costo total del servicio
0.00

Archivos adjuntos

Nombre archivo adjunto
Tramite para la prestación denominada ASIGNACION
Descripción archivo adjunto
derecho aquellos cotizantes que habiendo cumplido la edad de retiro (50 años según Art. 26 de la Ley IPSFA) no cumplan con el tiempo mínimo requerido para acceder a una Pensión por Retiro y previa declaración de imposibilidad de continuar cotizando. Debe haber cotizado al menos 3 años al Régimen de Pensiones después de la Reforma de Ley de Noviembre de 1999 (para Reafiliados).
Archivo
Fecha de creación
18/11/2013
Fecha de última actualización
13/04/2023
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