Osicala, Morazán Alcaldía Municipal de Osicala

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Registro de Matrimonios

El funcionario que autorice un matrimonio o los contrayentes deberán dentro de los quince días hábiles siguientes a su celebración, remitir al Registrador del Estado Familiar del lugar en que se celebró aquel, si él mismo no lo fuere, certificación del acta o testimonio de la escritura respectivos, para que asiente la partida de matrimonio.

Requisitos generales

Testimonio de Escritura Pública de Matrimonio si es mediante un Notario. Acta de Matrimonio si fue Celebrado en Otra Alcaldía Distinta a la de este Municipio.

Datos generales

Tiempo de respuesta
Inmediatamente
Área encargada
Registro del Estado Familiar
Encargado del servicio
Rosa Elizabeth Nolasco
Dirección donde solicitar el servicio

Calle ppal. Luis F. Buchaleth, Barrio el Centro

Horario
De Lunes a Viernes de 7:30 am a 3:30 pm
Observaciones
Certificación de la partida de matrimonio $2.40
Costo total del servicio
0
Fecha de creación
03/07/2017
Fecha de última actualización
08/05/2019
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