CNR Centro Nacional de Registros

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Segregación por venta.

Servicio de inscripción del instrumento de venta de una porción de un inmueble que ha sido segregada de un inmueble general.

Requisitos generales

Agregar la resolución final de revisión técnica de plano de segregación extendido por la Oficina de Mantenimiento Catastral departamental correspondiente; presentar instrumento otorgado con sus requisitos legales; comprobante de pago de Derechos de Registro; si el precio de la transferencia o el valor del inmueble es mayor a $28,571.43, anexar duplicado del comprobante del pago del impuesto sobre transferencia de bienes raíces; si el precio excede a $30.000.00 solvencia tributaria; y solvencia municipal.

Datos generales

Tiempo de respuesta
14 días, agregar un día si el antecedente requiere ser trasladado al Siryc y si fuere necesario segunda calificación, 3 días adicionales.
Área encargada
Recepción de Documentos.
Encargado del servicio
Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas.
Dirección donde solicitar el servicio

1a. Calle Poniente y 43 Avenida Norte No. 2310, San Salvador; 5a. Avenida Sur, entre 27 y 33 Calle Oriente Santa Ana; 6a. Avenida Sur y 2a. Calle Oriente No 4-1, Barrio El Ángel Sonsonate; Final 4a. Calle Oriente, Barrio San Antonio Chalatenango; 8a. Calle Poniente y 2a. Avenida Sur, No 4-5, Santa Tecla La Libertad; 3a. Calle Poniente y 2a. Avenida Sur No. 3, Ahuachapán; Avenida José Simeón Cañas No 48, Barrio El Calvario, Zacatecoluca, La Paz; 1a. Calle Poniente y 1a. Avenida Norte, Barrio El Calvario, San Vicente; Final 3a. Calle Poniente No. 25, Barrio Candelaria, Usulután; 15 Calle Oriente y 8a. Avenida Sur, Centro de Gobierno de San Miguel; Calle Circunvalación, entre 2a. y 4a. Avenida Sur, Barrio Honduras, La Unión.

Horario
De Lunes a Viernes de 7:30 a.m. a 4:00 p.m.
Observaciones
El derecho de registro no puede ser menor de $8.86 ni mayor a $5,400.00
Costo total del servicio
Pagará $0.63 de dólar, por cada centena o fracción de centena de dólar del valor del inmueble. Núm. 1, Lit. a, Art.48 Ley Relativa a las Tarifas y Otras Disposiciones Administrativas del RPRH.

Paso 0 pago del impuesto a la tranferencia de bienes raices

si el valor del inmueble es mayor a $28,571.43

Persona responsable
Usuario
Requisitos
Pagará $0.63 de dólar, por cada centena o fracción de centena de dólar del valor del inmueble. Núm. 1 Lit.a. Art 48 Ley Relativa a las Tarifas y otras disposiciones
Duración
8:00-4:00 pm
Tiempo de respuesta
Documentos a presentar

Paso 1 presentar documentos

inicio del tramite de registro

Persona responsable
recepcion de documentos
Requisitos
Duración
7:30-4:00pm
Tiempo de respuesta
Documentos a presentar
-recibo original de pago de derecho de registro -si el precio del inmueble es mayor a $28571.43 anexar boleta de pago del impuesto a la tranferencia de bienes raices -instrumento otorgado con sus requisitos legales -hoja de certificacion de plano aprobado

Paso 2 pago del derecho de registro

no puede ser menor de $8.86 ni mayor a $5,400.00

Persona responsable
Usuario
Requisitos
Pagará $0.63 de dólar, por cada centena o fracción de centena de dólar del valor del inmueble. Núm. 1 Lit.a. Art 48 Ley Relativa a las Tarifas y otras disposiciones
Duración
8:00-4:00 pm
Tiempo de respuesta
conforme a la sucursal Bancaria donde se presente
Documentos a presentar
Fecha de creación
15/07/2015
Fecha de última actualización
03/10/2023
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