FISDL / FINET Fondo de Inversión Social para el Desarrollo Local de El Salvador (Institución disuelta) / Fondo de Inversión Nacional en Electrificación y Telefonía

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Misión Oficial para que de manera periódica dos supervisores realicen actividades vinculadas al levantamiento de la información de las familias potenciales participantes de la Estrategia de Erradicación de la Pobreza en los Sectores Delimitados entre Honduras y El Salvador, que fueron definidos en la Sentencia de la Corte Internacional de Justicia y la Convención sobre Nacionalidad y Derechos Adquiridos, mediante Decreto Ejecutivo No 48, del 14 de junio de 2000, aprobado en Consejo de Administración DL-1068/2019 del 14 de marzo de 2019

Funcionario que viaja
Señor Rafael Antonio Escobar Godínez
Cargo del funcionario
Supervisor
Destino
Sectores Delimitados, en las condiciones particulares de este caso especial en las municipalidades de Perquln, Arambala y San Fernando de El Salvador y sectores aldeaños de Honduras
Fecha de salida
25/03/2019
Fecha de regreso
25/05/2019
Valor del pasaje
$0.01
Pasaje pagado con
Fondos institucionales
Comentarios pago de pasaje
Valor de viáticos
$0.01
Viáticos pagado con
Fondos institucionales
Comentarios pago de viáticos
Otros gastos
$0.01
Otros gastos pagado con
Fondos institucionales
Comentarios pago de otros gastos
Fecha de creación
11/04/2019
Fecha de última actualización
11/04/2019

Detalles

Objetivo del viaje
1. A fin de darle cumplimiento a la Sentencia de la Corte Internacional de Justicia y la Convención sobre Nacionalidad y Derechos Adquiridos, mediante Decreto Ejecutivo No. 48, del 14 de junio de 2000, se aprueban las Normas Básicas de la organización, Mandato y Funcionamiento de la Comisión de Seguimiento, El Salvador-Honduras, entre las que establecen que la Comisión podrá requerir a otras instancias del gobierno central e instituciones autónomas, la colaboración necesaria para el cumplimiento de los objetivos encaminados a brindar la asistencia de las personas en los Sectores Delimitados; además se aprobó mediante decreto Legislativo NO. 295 del15 de febrero de 2013, la Ley Especial de Creación del Régimen de Identificación Migratorio y Aduanero, aplicable a las personas afectadas por la Sentencia de la Corte Internacional de Justicia. 2. La Alcaldesa del Municipio de Perquín, Leda. lmelda Maribel Rodríguez, solicitó la incorporación de las familias de los Sectores Delimitados por la Sentencia de la Corte Internacional de Justicia y la Convención sobre Nacionalidad y Derechos Adquiridos, en la Estrategia de Erradicación de la Pobreza, ya que dicho municipio fue uno de los priorizados desde el año 2018, asl como los municipios de Arambala y San Fernando, los cuales también hacen parte de los Sectores Delimitados. 3. Considerando el respaldo legal para la gestión de intervenciones en dichos Sectores Delimitados, y en el marco de los programas del Subsistema de Protección Social Universal que ejecuta el FISDL, se recibió la solicitud de la Vicepresidencia de la República para iniciar acciones a nivel territorial establecidas en el Manual Operativo de la Estrategia en los Sectores delimitados, manifestando a la vez que el Equipo Técnico de la SETEPLAN estará acompañando todo el proceso. 4. El Ministerio de Relaciones Exteriores representa a El Salvador en la Comisión de Seguimiento cumplimiento a la Sentencia de la Corte Internacional de Justicia y la Convención sobre Nacionalidad y Derechos Adquiridos. En ese sentido es dicho Ministerio quien ha coordinado con las autoridades de Honduras la disponibilidad para el ingreso de los equipos técnicos a los Sectores Delimitados, a fin de hacer efectivo el trabajo de levantamiento de la información en el territorio. 5. En reuniones realizadas con las municipalidades involucradas, se acordó y gestionó la realización de una reunión con los lideres de las Sectores Delímitados para dar a conocer la Estrategia de Erradicación de la Pobreza. Dicha reunión se llevó a cabo el día miércoles 13 de febrero de 2019, donde se socializó el proceso que se llevará a cabo para la implementación de la Estrategia, siendo el primer paso el levantamiento del Registro Único de Participantes (RUP). 6. Por parte de las municipalidades involucradas, ya se realizó la contratación del personal que realizará el levantamiento del RUP; y por parte del FISDL, ya se contrataron a los supervisores que estarán asignados a esa zona. Sin embargo. es necesario realizar los trámites necesarios para gue los supervisores puedan ingresar de manera periódica las veces que sean necesarias a los Sectores Delimítados con vehiculos institucionales para realizar las tareas asiqnadas.
Observaciones
Se ha autorizado el uso de vehlculo institucional para el traslado a los sectores delimitados entre Honduras y El Salvador. El FISDL no asumirá ningún costo en lo que corresponde a viáticos que genere esta misión oficial.
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