IGD Instituto de Garantía de Depósitos
Regresar al listado Vista en PDFCapacitación sobre el funcionamiento de la Garantía de Depósitos.
Objetivo Evitar, atenuar o limitar posibles pérdidas de depositantes en caso de cierre de una institución financiera miembro del IGD Descripción: La garantía de depósitos es un beneficio establecido en la Ley de Bancos, al que tiene derecho cualquier depositante de una Institución Miembro. Es un seguro para los depositantes, cuyo costo o prima es pagada por la entidad financiera. Se da cuando la Superintendencia del Sistema Financiero solicite al IGD su participación al cerrar una institución financiera miembro. La garantía es limitada, por persona y por entidad financiera. El depositante, siempre que cumpla con los requisitos de ley, tiene derecho en materia de seguro de depósitos a: Cobertura automática al abrir una cuenta en un banco asegurado por el IGD. Cobertura por persona y por cada institución miembro. Cobertura hasta el límite vigente. Cobertura de hasta tres veces la garantía de depósitos, en el caso de cuentas mancomunadas. A ser informado por la institución financiera cuando un producto de depósito ofrecido no esté cubierto por el seguro del IGD. A acceso en un plazo no mayor de 30 días al menos a un anticipo de sus depósitos asegurados ante el cierre de una IMI. A reclamar sus depósitos no asegurados al liquidador de la institución o banco cerrado. De igual forma, los depositantes en materia de seguro de depósitos, tienen las siguientes obligaciones: Cumplir con todos los requisitos que la Ley de Bancos y el IGD establezcan para acceder al reclamo de la garantía, ya sean referidos a documentos que deben ser agregados, a información necesaria o aplicable según el caso, así como respetar los plazos para el ejercicio de su derecho de reclamo. Mantener actualizados sus datos como cliente en una institución financiera, con el objeto de asegurarse una adecuada identificación como titular de sus cuentas o certificados de depósitos.
Requisitos generales
Ser Institución Miembro del IGD o institución sujeta a la normativa aplicable a depósitos emitida por la SSF o el IGD.
Datos generales
1a. Calle Poniente y 7a. Avenida Norte, Antiguo Edificio Banco Central de Reserva, 3er. Nivel. San Salvador
Paso 1 Orientación a Instituciones Miembros
Permite orientar la forma correcta de remitir la información al IGD por parte de las IMIS y/o dificultades que puedan presentarse durante el proceso de carga de la información.
Paso 2 Remisión de documentación se soporte
De acuerdo a la orientación que se brinde, se fortalece el servicio brindando información adicional por medio de correo electrónico. Esto para garantizar la mejor comprensión de parte del interesado.