MARN Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales

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10) Permiso de investigación y recolecta de pie de cría para zoocriaderos

Regula la realización de una investigación científica para emitir el permiso de recolecta, para iniciar o enriquecer el pie de cría de un zoocriadero, según procedimiento Interno EAM-PVS-PR-10. Permiso para investigación y recolecta de pie de cría para zoocriadero

Requisitos generales

Para mayor información puede llamar a la Dirección General de Ecosistemas y Biodiversidad, al teléfono: (503) 2132-6220.
Para obtener el permiso de investigación y recolecta de pie de cría para zoocriadero es necesario que el titular presente la documentación siguiente:
Estudio que determina el estado poblacional y amenazas de las especies de interés *Perfil de proyecto de investigación.
*Análisis de costo-beneficio de la actividad que se pretende realizar con la especie solicitada. *Fotocopia al 150 %, de DUI, pasaporte o carnet de residente vigente, certificada por notario de la República; del investigador responsable y de sus colaboradores, en el caso que aplique. *Fotocopia del NIT de la persona jurídica, certificado por notario de la República. *Escritura de otorgamiento de Poder (cuando fuere el caso). *Fotocopia de credencial vigente correspondiente, según sea el caso. *Autorización del solicitante a un tercero para realizar trámites ante el MARN, el cual puede consignarse en el mismo formulario, en caso de autorizar a un tercero, se requiere auténtica de firma por notario de la República.
Paso 3. Se realizará inspección conjunta con la Autoridad Administrativa Nacional de la Convención, CITES (MAG), con el objetivo de verificar la información presentada en el formulario ambiental y conocer las condiciones ambientales del sitio.
Paso 4. Se notifica al solicitante la resolución de su trámite.

Datos generales

Tiempo de respuesta
Tiempo aproximado de trámite: de 8 a 30 días hábiles.
Área encargada
"Gerencia de Vida Silvestre Dirección General de Ecosistemas y Biodiversidad".
Encargado del servicio
"Gerencia de Vida Silvestre Dirección General de Ecosistemas y Biodiversidad".
Dirección donde solicitar el servicio

Oficina Central Teléfono: (503) 2132-6258 Kilómetro 5 ½ carretera a Santa Tecla, calle y colonia Las Mercedes, Edificios MARN, instalaciones ISTA, San Salvador.

Horario
De lunes a viernes, de 7:30 a.m., a 12:30 p.m. y, de 1:10 p.m. a 3:30 p.m
Observaciones
BASE LEGAL: Ley de Conservación de Vida Silvestre Art. 6 e) Elaborar y mantener actualizado el listado oficial de especies de vida silvestre amenazadas o en peligro de extinción y velar por su protección y restauración. Art. 6 h) Establecer y mantener con eficiencia, puestos de control de vida silvestre a nivel nacional, según los exijan las circunstancias. Art. 6 i) Fijar las cuotas de vida silvestre cosechables por unidad de tiempo y espacio, establecer el monto y condiciones de las licencias y permisos. Art.18 El MARN facilitara la adquisición o proveerá de acuerdo al estado de la especie, el pie de cría necesario e indispensable para su reproducción en cautiverio.
Costo total del servicio
0
Fecha de creación
26/04/2022
Fecha de última actualización
18/10/2023
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