MARN Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales

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17) Solicitud de modificación a resolución ambiental

Será necesario solicitar una modificación a la resolución ambiental cuando se pretenda realizar una ampliación, rehabilitación o reconversión del proyecto que sustenta el permiso ambiental.

Requisitos generales

¿Cómo solicitar una modificación a la resolución ambiental de mis actividades, obras o proyectos?
Paso 1. Presentar solicitud de modificación.
a) Solicitudes de modificación de carácter meramente legal (cambio de titular, cambio de contacto o representante legal, cambio de domicilio del titular, cambio en tenencia o propiedad, entre otros).
La(el) titular deberá presentar nota escrita y autenticada, en la cual solicite la modificación, indicando los aspectos específicos que requieren ser modificados y remitiendo la documentación legal que respalde la solicitud.
La documentación antes mencionada se presentará en la ventanilla de atención para usuarios de la Dirección General de Evaluación y Cumplimiento Ambiental, localizada en la Sede Central del Ministerio, km 5 ½ carretera a Santa Tecla, calle y colonia Las Mercedes, sede ISTA-MARN, Edificio 1, San Salvador.
Teléfonos: (503) 2132-9215; 2132-9266; 2132-9324 — Celular: 7854-5686
(en días y horas hábiles).
Sitio web: www.marn.gob.sv
Correo electrónico: ventanilla@marn.gob.sv
Horario de atención en Oficina: de lunes a viernes, de 7:30 a.m. a 12:30 p.m. y de 1:10 p.m. a 3:30 p.m.
b) Solicitudes de modificación que incluyan aspectos de carácter técnico (cambio o incorporación de medidas ambientales, ajustes en la cantidad de obra o aprovechamiento de recursos, entre otros), o solicitudes de modificación a la resolución ambiental en las actividades, obras o proyectos diferentes a importación y exportación de materiales peligrosos, debe llenar el Formulario Ambiental mediante el Sistema de Evaluación Ambiental en línea https://www.marn.gob.sv/sea
Para obtener ayuda en el uso del Sistema se sugiere ver el video tutorial que aparece en el siguiente enlace: https://seaweb.marn.gob.sv:8080/videotutorial
La(el) titular debe tomar en cuenta que para actividades, obras o proyectos que ya cuentan con Programa de Manejo Ambiental (PMA), previamente autorizados, se recomienda haber realizado una evaluación ambiental de las modificaciones y los ajustes al Programa de Manejo Ambiental Ajustado (PMAA), previo al ingreso de este Formulario Ambiental por modificación.
De igual forma, para aquellos proyectos que tuvieron observaciones al EsIA, durante la Consulta Pública o que desarrollaron Consulta Pública conforme el Art. 25 literal b), se recomienda haber realizado procesos de participación ciudadana con las comunidades que pudieran verse afectadas por las modificaciones propuestas.
Paso 2. Evaluación de la solicitud de modificación.
Al analizar la información presentada, si procede, el MARN remite las observaciones al titular del proyecto, para que éste las conteste. El titular remite una respuesta a las observaciones y, el MARN evaluará la nueva información presentada.
Para actividades, obras o proyectos de Impacto Ambiental Leve, cuyas modificaciones impliquen el cambio de categoría a Impacto Moderado o Alto, se procederá a emitir la resolución de Términos de Referencia correspondiente, debiendo retomar lo establecido en el procedimiento señalado en el Servicio 16, a partir del Paso 5.
Paso 3. Presentación de Fianza de Cumplimiento Ambiental actualizado y/o adenda del Convenio de Compensación Ambiental (cuando aplique).
Para los casos donde el análisis es favorable a la modificación solicitada y las modificaciones impliquen la actualización de la Fianza de Cumplimiento Ambiental, el Ministerio notificará al(la) titular el requerimiento de presentación de la nueva Fianza por el monto ajustado.
Para los casos donde el análisis es favorable para la modificación solicitada y las modificaciones
impliquen la actualización del Convenio de Compensación Ambiental, el Ministerio notificará al(la) titular el requerimiento de presentación de la adenda al Convenio previamente ingresado, conforme los nuevos montos ajustados.
Paso 4. Emisión de la Resolución Correspondiente.
Finalizado el análisis, superadas o no las observaciones y, presentada la documentación legal complementaria (cuando aplique), el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales emitirá el dictamen técnico correspondiente.
Según el caso, el Ministerio emitirá resolución favorable o desfavorable para la modificación del Permiso Ambiental..

Datos generales

Tiempo de respuesta
Plazo de respuesta según ley: 20 días Ley de Procedimientos Administrativos Ley Artículo 86 Numeral 2
Área encargada
Dirección General de Evaluación y Cumplimiento Ambiental (DEC)
Encargado del servicio
Dirección General de Evaluación y Cumplimiento Ambiental (DEC)
Dirección donde solicitar el servicio

Dirección General de Evaluación y Cumplimiento Ambiental (DEC)
Oficina Central Teléfono: (503) 2132-9316,2132-9266 y 7854-5686 Kilómetro 5 ½ carretera a Santa Tecla, calle y colonia Las Mercedes, Edificios MARN, instalaciones ISTA, San Salvador.

Horario
De lunes a viernes, de 7:30 a.m., a 12:30 p.m. y, de 1:10 p.m. a 3:30 p.m
Observaciones
BASE LEGAL: Artículo 22 de la Ley del Medio Ambiente. El titular de toda actividad, obra o proyecto que requiera de permiso ambiental para su realización o funcionamiento, ampliación, rehabilitación o reconversión deberá presentar al Ministerio el formulario ambiental que esta requiera con la información que se solicite. El Ministerio categorizará la actividad, obra o proyecto, de acuerdo a su envergadura y a la naturaleza del impacto potencial.
Costo total del servicio
0
Fecha de creación
27/04/2022
Fecha de última actualización
01/11/2022
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