MARN Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales

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5) Autorización de tenencia de fauna silvestre

Consiste en una resolución que faculta la tenencia legal de especímenes en cautiverio bajo condiciones, prevenciones, medidas y disposiciones especiales dictadas por el MARN, según Procedimiento interno EAM - PVS - PR - 02 Autorización de tenencia de fauna silvestre (2021: 3)

Requisitos generales

Paso 1. Descargar el formulario en http://www.marn.gob.sv/autorizacion-de-permiso-de-tenencia-de-vida-silvestre/ o retirar formulario en las oficinas centrales del MARN.
Para mayor información puede llamar a la Dirección General de Ecosistemas y Biodiversidad al teléfono:
2132-6220.
Paso 2. Entregar formulario completo con anexos en las oficinas centrales del MARN.
Requisitos generales para realizar trámites y obtener la autorización de licencia de fauna silvestre.
*Fotocopia ampliada del Documento Único de Identidad (DUI) vigente, pasaporte vigente o carnet de residencia vigente, al 150 % (revés y derecho) en una sola página, debidamente certificada por un notario de la República.
*Fotografía de cada espécimen.
*Fotografía a colores del (los) recinto (s).
*Constancia médico-veterinario del estado de los ejemplares, fimada y sellada por el médico veterinario.
Adicionalmente, dependiendo de la modalidad de adquisición de los especímenes o la finalidad de su tenencia, se requerirá la documentación siguiente:
i. En caso de importaciones:
a. Fotocopia de Certificado CITES cuando se trate de una importación de especies comprendida en los Apéndices [otorgado por el Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG)].
b. Cuando se trate de una importación de especies no incluidas en la CITES se deberá colocar en el formulario el correlativo del permiso de exportación, importación y reexportación de especies de vida silvestre (EAM-PVS-PR-09), otorgado por el MARN.
ii. En caso de compra nacional:
a. Copia de factura de consumidor final en la que se detalle el número de microchip de la(s) especie(s) que no esté(n) comprendida(s) en la CITES.
iii. En caso de destino final humanitario:
a. Declaración jurada ante un notario, de la entrega de los especímenes, donde el actual poseedor detalla su procedencia.
De concederse la autorización correspondiente, el titular se compromete a cumplir con las condiciones que se le indiquen, para la apropiada tenencia del (los) espécimen(es).
Paso 3. Se notifica al solicitante la resolución de su trámite.
Paso 4. Efectuar el pago en colecturía del MARN. ANEXOS A FORMULARIO DE TENENCIA DE FAUNA SILVESTRE https://marn.gob.sv/download/anexo-a-formulario-de-tenencia-de-fauna-silvestre/

Datos generales

Tiempo de respuesta
Tiempo aproximado de trámite: de 8 a 30 días hábiles
Área encargada
Gerencia de Vida Silvestre Dirección General de Ecosistemas y Biodiversidad.
Encargado del servicio
Gerencia de Vida Silvestre Dirección General de Ecosistemas y Biodiversidad.-
Dirección donde solicitar el servicio

Oficina Central Teléfono: (503) 2132-6258 Kilómetro 5 ½ carretera a Santa Tecla, calle y colonia Las Mercedes, Edificios MARN, instalaciones ISTA, San Salvador.

Horario
De lunes a viernes, de 7:30 a.m., a 12:30 p.m. y, de 1:10 p.m. a 3:30 p.m.
Observaciones
BASE LEGAL: Ley de Conservación de la Vida Silvestre Art. 8 Toda utilización de vida silvestre, incluyendo la tenencia, estará formada por los reglamentos correspondientes y administrados por el MARN en coordinación con los organismos o instituciones relacionadas con la materia.
Costo total del servicio
USD$ 10.00 por cada espécimen
Fecha de creación
31/10/2022
Fecha de última actualización
31/07/2023
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