MARN Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales
Regresar al listado Vista en PDF22) Muestreo para la determinación de plomo en cielo falso y suelos en viviendas ubicadas dentro de la zona de Emergencia Ambiental, por contaminación de plomo en zona Sitio del Niño
Servicio para pobladores asentados dentro de las áreas prioritarias de atención, establecidas por el estado de Emergencia Ambiental, el servicio de muestreo para determinar concentraciones de plomo en superficies, lo cual permite determinar el nivel de exposición al contaminante.
Requisitos generales
¿Cómo solicitar un muestreo para la determinación de plomo en superficies?
Paso 1. Elaborar una nota de solicitud del servicio, dirigida a la Dirección General de Seguridad Hídrica, la cual debe incluir la siguiente información:
• Nombre completo del solicitante.
• Número de contacto del solicitante.
• Correo electrónico del solicitante (si lo posee).
• Nombre del propietario actual del inmueble.
• Ubicación exacta del inmueble que requiere para el muestreo para la determinación del plomo.
• Firma del solicitante.
• Fotocopia simple del DUI del solicitante (frente y revés).
Paso 2. Presentar la solicitud por alguna de las siguientes vías:
a. Por correo electrónico, enviando copia digital (firmada) de la solicitud a la dirección siguiente: monitoreoplomo@marn.gob.sv
b. De manera personal, presentando la solicitud original en el área de recepción de correspondencia del Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales, ubicada en kilómetro 5 ½ carretera a Santa Tecla, calle y colonia Las Mercedes, instalaciones ISTA, Edificio MARN N° 1, primer nivel, San Salvador.
Paso 3. La solicitud es remitida al área competente, en un tiempo máximo de un día hábil.
Paso 4. El personal técnico realiza las indagaciones previas, mediante una visita de reconocimiento de la ubicación del inmueble, en caso de ser necesario y, se pone en contacto con el solicitante para obtener información específica del tipo de construcción del inmueble, con el objetivo de identificar si la vivienda en mención se encuentra dentro de las zonas prioritarias de atención, establecidas en los Decretos Ejecutivos citados en la base legal que se detalla en la columna de observaciones y, si ésta requiere toma de muestras para la determinación de plomo.
Paso 5. Se programa fecha y hora de inspección con el fin de contar con la presencia del solicitante o en su defecto un representante del mismo, que permita al personal del Ministerio, el acceso directo a todas las áreas del inmueble. La programación de la inspección estará sujeta a la disponibilidad del solicitante a la fecha y horario sugerido.
Paso 6. Se realiza la visita al inmueble con el fin de recolectar muestras de polvillo de cielos falsos y la determinación in situ, de la concentración de plomo en el suelo natural.
Paso 7. Las muestras son trasladadas al laboratorio del MARN para su tratamiento y posterior análisis.
Paso 8. El personal técnico responsable elabora el informe de muestreo correspondiente. Si la vivienda se encuentra fuera de las zonas prioritarias de atención establecidas en los Decretos Ejecutivos antes citados, no se requiere muestreo del inmueble y se omiten los pasos 5, 6 y 7. Para dar respuesta a la solicitud se emite una notificación, indicando la ubicación del inmueble fuera de las áreas comprendidas en los citados Decretos y, por tanto, su condición libre de contaminación.
Paso 9. Se comunica al solicitante (mediante la información de contacto proporcionada), la disponibilidad del informe con los resultados obtenidos, los cuales deben ser retirados en el área de recepción del Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales, en horario hábil.
Datos generales
Oficina Central Teléfono: (503) 2132-9316 Kilómetro 5 ½ carretera a Santa Tecla, calle y colonia Las Mercedes, Edificios MARN, instalaciones ISTA, San Salvador.