MARN Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales

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5- Autorización de tenencia de fauna silvestre.

Consiste en una resolución que faculta la tenencia legal de especímenes en cautiverio bajo condiciones, prevenciones, medidas y disposiciones especiales dictadas por el MARN, según Procedimiento interno EAM - PVS - PR - 02 Autorización de tenencia de fauna silvestre (2021: 3)

Requisitos generales

Paso 1. Descargar el formulario de la sección Servicios de la página web: www.ambiente.gob.sv o retirar formulario en las oficinas centrales del Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales. ubicadas en kilómetro 5 ½ carretera a Santa Tecla, calle y colonia Las Mercedes, Edificio Ministerio de Medio Ambiente, instalaciones ISTA, San Salvador.

Para mayor información puede llamar a la Dirección General de Ecosistemas y Biodiversidad, al teléfono: (503) 2132-6220.

Paso 2. Entregar el formulario completo y firmado, con la documentación anexa correspondiente, en las oficinas centrales del Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
Requisitos:
*Fotocopia del DUI del solicitante, notariada al ser la primera vez que solicita el trámite.
*Fotografía de cada espécimen.
*Fotografía de recinto(s).
*Constancia médico-veterinario del estado de los ejemplares.
*Permiso anterior si es renovación.
De concederse la autorización correspondiente, el titular se compromete a cumplir con las condiciones
que se le indiquen para la apropiada tenencia.
Paso 3. Se notifica al solicitante la resolución de su trámite.
Paso 4. Cancelar en colecturía del MARN.

La solicitud firmada debe ser entregada en la Recepción del MARN.

Datos generales

Tiempo de respuesta
Tiempo aproximado de trámite: de 8 a 30 días hábiles
Área encargada
Gerencia de Vida Silvestre Dirección General de Ecosistemas y Biodiversidad
Encargado del servicio
Gerencia de Vida Silvestre Dirección General de Ecosistemas y Biodiversidad
Dirección donde solicitar el servicio

Oficina Central Teléfono: (503) 2132-6258 Kilómetro 5 ½ carretera a Santa Tecla, calle y colonia Las Mercedes, Edificio Ministerio de Medio Ambiente, instalaciones ISTA, San Salvador.

Horario
De lunes a viernes, de 7:30 a.m., a 12:30 p.m. y, de 1:15 p.m. a 3:30 p.m
Observaciones
BASE LEGAL: Ley de Conservación de la Vida Silvestre Art. 8 Toda utilización de vida silvestre, incluyendo la tenencia, estará formada por los reglamentos correspondientes y administrados por el MARN en coordinación con los organismos o instituciones relacionadas con la materia.
Costo total del servicio
10.00
Fecha de creación
24/01/2024
Fecha de última actualización
24/01/2024
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