MARN Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales

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Permiso para la incubación de huevos de tortugas marinas en condiciones controladas

Consiste en una resolución que otorga permiso para incubar huevos de tortugas marinas en condiciones controladas con el objetivo de restaurar las poblaciones. Faculta a los usuarios para recolectar nidos, incubarlos, liberar los neonatos, impartir educación ambiental y concienciación en la liberación, según Protocolo interno EAM-PVA-PR-06. Permiso incubación de huevos de tortugas marinas en condiciones controladas. (2016:5).

Requisitos generales

Paso 1. Descargar el formulario en http://www.marn.gob.sv/autorizacion-de-permiso-para-recolectorases-de-huevos-de-tortugas-marinas-con-fines-de-conservacion/ o retirar formulario en las oficinas centrales del MARN.
Para mayor información puede llamar a la Dirección General de Ecosistemas y Vida Silvestre al teléfono:
2132-6220.
Paso 2. Entregar formulario completo con anexos en las oficinas centrales del MARN.
La solicitud es firmada por el solicitante con documentación anexa completa y de acuerdo a lo solicitado.
La solicitud presentada por una institución debe contener firma y sello; si se trata de persona natural
solamente firma, en ambos casos se incluye la documentación anexa requerida por el Ministerio.
Paso 3. Se notifica al solicitante la resolución de su trámite.
Requisitos:
*Solicitud debidamente completada.
*Fotocopia de DUI del solicitante si es persona natural y del representante legal si es persona jurídica. Notariada al ser la primera vez que solicita el trámite (tomando como base el año 2019).
*Fotocopia del testimonio de escritura pública de poder en caso de actuar como apoderado. Notariada al ser la primera vez que solicita el trámite (tomando como base el año 2019).
*Fotocopia del testimonio de la escritura pública de constitución y credencial del representante legal. Notariada al ser la primera vez que solicita el trámite (tomando como base el año 2019).

Datos generales

Tiempo de respuesta
Tiempo aproximado de trámite: de 8 a 20 días hábiles
Área encargada
Gerencia de Vida Silvestre Dirección General de Ecosistemas y Biodiveresidad
Encargado del servicio
Licda. Carmen Celina Dueñas Pascasio
Dirección donde solicitar el servicio

Oficina Central Teléfono: (503) 2132-6258 Kilómetro 5 ½ carretera a Santa Tecla, calle y colonia Las Mercedes, Edificios MARN, instalaciones ISTA, San Salvador.

Horario
De lunes a viernes, de 7:30 a.m., a 12:30 p.m. y, de 1:15 p.m. a 3:30 p.m
Observaciones
BASE LEGAL: Ley de Conservación de la Vida Silvestre Art. 1 Objeto de la ley en el cual se encuentra la conservación de la vida silvestre incluyendo la regulación de formas de uso y aprovechamiento de la vida silvestre. Art. 5 El MARN es el responsable de la aplicación de la LCVS en lo que respecta a la protección, restauración, conservación y el uso sostenible de la Vida Silvestre. Art. 8 Toda utilización de la vida silvestre, incluyendo la reproducción estará normada por los reglamentos correspondientes administrados por el MARN. Art. 9 Las especies de vida silvestre incluidas en los listados de especies amenazadas o en peligro de extinción, serán sujetas a regulaciones específicas sobre su protección. Art. 13 El MARN promoverá proyectos de restauración y reproducción en cautiverio de especies amenazadas o en peligro de extinción. Art. 17 El MARN proveerá asistencia técnica a personas jurídicas o naturales, que así lo solicitaren, para la reproducción de la vida silvestre y supervisara el establecimiento y desarrollo de las actividades de crianza.
Costo total del servicio
0
Fecha de creación
31/07/2020
Fecha de última actualización
28/10/2021
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