MARN Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales

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Solicitud de auditoria a los permisos ambientales.

"Plazos por la ley y/o Reglamento para la recepción de solicitud de auditorias no se cuenta, porque la ley da la facultad de discrecionalidad ya sea de elección de auditorías periódicas y/o aleatorias. Ahora un criterio para elección de auditorías dependerá del seguimiento de ejecución o finalización de la construcción de un proyecto. Esto para la obtención del Permiso de Funcionamiento. Otro criterio de elección es el plazo del vencimiento de la fianza ambiental."

Requisitos generales

"¿Cómo solicitar una auditoría ambiental?
El Ministerio programa de oficio las auditorías de seguimiento a las Resoluciones de Permiso Ambiental de construcción y funcionamiento. Sin embargo, estas también pueden ser solicitadas por los titulares de las actividades, obras o proyectos.
La solicitud debe cumplir los siguientes requerimientos:
1. Estar dirigida a la Gerencia de Cumplimiento
2. Incluir los datos de la Resolución otorgada por el Ministerio y objetivo de su solicitud (liberación de fianza, prorroga de plazo de ejecución, entre otros.)
3. Incluir datos del contacto del titular de la actividad, obra o proyecto, tales como teléfono y correo
electrónico.
4. Si no es el titular de la actividad, obra o proyecto quien firma la solicitud, debe presentar un poder de autorización.
5. Anexar copia del poder respectivo, en caso de actuar por medio de apoderado"

Datos generales

Tiempo de respuesta
"Plazo de respuesta, puede ser de 1 o 2 meses dependerá del volumen de los criterios indicados en la descripción "
Área encargada
" Dirección General de Evaluación y Cumplimiento"
Encargado del servicio
"Correo electrónico: cumplimientoambiental@marn.gob.sv"
Dirección donde solicitar el servicio

"Oficina Central Teléfono: (503) 2132-9316 Kilómetro 5 ½ carretera a Santa Tecla, calle y colonia Las Mercedes, Edificios MARN, instalaciones ISTA, San Salvador. "

Horario
"De lunes a viernes, de 7:30 a.m., a 12:30 p.m. y, de 1:15 p.m. a 3:30 p.m"
Observaciones
"BASE LEGAL: Artículo 27 de la Ley de Medio Ambiente. Para asegurar el cumplimiento de las condiciones, fijadas en el permiso ambiental, por el titular de obras o proyectos, el Ministerio, realizará auditorías de evaluación ambiental de acuerdo a los siguientes requisitos: a) Las auditorías se realizarán periódicamente o aleatoria, en la forma que se establezca el reglamento de la presente ley. b)El Ministerio, se basará en dichas auditorías para establecer las obligaciones que deberá cumplir el titular o propietario de la obra o proyecto en relación al permiso ambiental; y c) La auditoría de evaluación ambiental constituirá la base para los programas de autorregulación para las actividades, obras o proyectos, que se acojan a dicho programa."
Costo total del servicio
0
Fecha de creación
31/07/2020
Fecha de última actualización
28/10/2021
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