ASA Autoridad Salvadoreña del Agua

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INSCRIPCIÓN DE ENTIDADES DEDICADAS A LAS ACTIVIDADES DE EXPLORACIÓN

Recepción de documentación, revisión de la documentación que cumplan todos los requisitos establecidos en el artículo 99 del La Ley General de Recursos Hídricos (LGRH).

Requisitos generales

1.-Copia de Documento de Identidad del Titular, Representante Legal o Apoderado;2.-Copia de Poder o credencial de nombramiento;3.-Copia de Escritura de Constitución de sociedad; 4.- Adjuntar Información de Equipos, Insumos y Procedimientos: fichas técnicas de cada equipo o maquinaria de su propiedad, con fotografías y diagramas, que incluya como mínimo la siguiente información:
2.-Máquinas perforadoras: Numero de Placa • Marca, modelo, año. • Tipo: rotación, percusión, rotopercusión. • Tipo de fluido de perforación. • Tipos de barreno y diámetros. • Profundidad máxima de perforación. • Si cuenta con compresor, capacidad en MPa y m3 /min, y equivalente en PSI y CFM.
3.-Otra maquinaria utilizada en la perforación: • Compresores: marca, modelo, año, capacidad en MPA y m3 /min, y equivalente en PSI y CFM; • Grúas: Numero de placa, marca, modelo, año, capacidad en toneladas métricas; • Equipos de bombeo: tipo de motor, potencia en kW y equivalente en HP, caudal máximo; • Equipos de registro geofísico: marca, modelo, año, profundidad máxima de medición, parámetros que mide el equipo (resistividad, potencial espontáneo, rayos gamma, etc.); • Equipos de vídeo: marca, modelo, año, profundidad máxima.

4.-Listado de insumos utilizados en el proceso de perforación de pozos, incluyendo fluidos de perforación y otros productos químicos utilizados en la perforación, limpieza y desarrollo, finalización y sellado de pozos.
5.-Descripción detallada del o los procesos constructivos de pozos”.

Datos generales

Tiempo de respuesta
Veinte (20) hábiles días
Área encargada
Registro Nacional de los Recursos Hídricos de ASA
Encargado del servicio
Registrador Nacional
Dirección donde solicitar el servicio

calle La Reforma, número 219, Colonia San Benito, S.S.

Horario
de lunes a viernes de 8 am a 4 pm
Observaciones
Registro de entidades dedicadas a las actividades de exploración: Art. 99 LGRH. - “Las personas naturales o Jurídicas, públicas o privadas; que tengan como actividad la perforación de pozos deberán registrarse ante la ASA y proporcionar información técnica detallada sobre sus equipos y procedimientos de perforación. Asimismo, deberán presentar anualmente o cuando se les requiera, un reporte de actividades de exploración, anexando la documentación técnica de cada perforación realizada, conforme a la normativa que disponga la ASA. La actividad comercial de perforación de pozos se podrá realizar únicamente cuando exista previamente un permiso de exploración emitido por la ASA. La ASA podrá solicitar información sobre los registros históricos de las actividades de exploración realizada por las entidades comprendidas en el presente artículo”
Costo total del servicio
000

Archivos adjuntos

Nombre archivo adjunto
INSCRIPCIÓN DE ENTIDADES DEDICADAS A LAS ACTIVIDADES DE EXPLORACIÓN
Descripción archivo adjunto
Recepción de documentación, revisión de la documentación que cumplan todos los requisitos establecidos en el artículo 99 del La Ley General de Recursos Hídricos (LGRH).
Archivo
Fecha de creación
26/06/2023
Fecha de última actualización
26/06/2023
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