DGME Dirección General de Migración y Extranjería

Regresar al listado Icon pdf Vista en PDF

F- 37 TRÁMITE DE REFRENDA DE RESIDENCIA DEFINITIVA

El instructivo F-37 está dirigido a todas las personas que tienen la calidad de Residentes Definitivos, de todas las nacionalidades, deberán refrendar su estatus migratorio ante la Dirección General dentro del plazo de treinta días calendario previo a su vencimiento, de acuerdo al Art. 153 de la Ley Especial de Migración y de Extranjería y 200 del Reglamento de la Ley.

Requisitos generales

Requisitos para Residentes Definitivos: 1. Solicitud firmada por el (la) interesado (a) (Ver formato anexo).
2. Pasaporte original para su confrontación. En caso de que existan cambios en el pasaporte presentado para el trámite de residencia anterior deberá presentar copia certificada del último pasaporte vigente y de todas las páginas utilizadas.
3. Si es Residente Definitivo en calidad de Rentista o Pensionado, deberá presentar, constancia emitida por la institución financiera donde recibe la renta extranjera, detallando los ingresos recibidos durante los años anteriores al trámite establecido en los Arts. 144 y 145 de la Ley Especial de Migración y de Extranjería.

Requisitos grupo familiar, hijos menores de 18 años de edad
1. Solicitud suscrita por: El Representante Legal (Ver formato anexo).
2. Pasaporte original para su confrontación. En caso de que existan cambios en el pasaporte presentado para el trámite de residencia anterior deberá presentar copia certificada del último pasaporte vigente y de todas las páginas utilizadas

Datos generales

Tiempo de respuesta
1 día hábil siempre y cuando cumplan con todos los requisitos.
Área encargada
Departamento de Ventanillas de la Gerencia de Extranjería.
Encargado del servicio
Glenda Yamileth Flores
Dirección donde solicitar el servicio

Sucursal Centro de Gobierno, San Salvador, 9a c. Pte. y final 15 ave. Nte. Centro de Gobierno entre Procuraduría General de la República y edificio de Gobernación, Tel: 2213-7700; precalificacion@migracion.gob.sv
Sucursal Cascadas, Centro Comercial Mall Cascadas Ave. Jerusalén y calle Panamericana. Tel: 22137983; precalificacion@migracion.gob.sv
Sucursal Masferrer, Final paseo General Escalón y Avenida Masferrer #5019; Tel: 2213-7800; Tel: 2213-7800; precalificacion@migracion.gob.sv
Sucursal Pasatiempo (Lourdes Colón, La Libertad) Centro Comercial Pasatiempo, Local 19 B Carretera a Santa Ana Km.25.5, Lourdes, Colon. Tel: 2319-6288; precalificacion@migracion.gob.sv
Sucursal Plaza Mundo (Soyapango); Centro Comercial Plaza Mundo 1a Planta. Tel: 2227-5363; precalificacion@migracion.gob.sv
Sucursal Santa Ana, Plaza Bolcaña Colonia El Palmar, Ave Fray Felipe De Jesús Moraga Sur, media cuadra al Norte del Estadio Oscar Quiteño; Tel: 2213-7987; precalificacion@migracion.gob.sv
Sucursal San Miguel, Centro Comercial La Plaza (Ex Plaza Goldtree) sobre Avenida Roosvelt. Tel: 2213-7981, precalificacion@migracion.gob.sv
Sucursal Usulután, Edif. Esmahan 2a C Pte, Entre 1a Ave Nte Y Ave Guadalupe. 1/2 cuadra abajo del Parque Central Raúl Francisco Munguía, Tel: 2213-7966; precalificacion@migracion.gob.sv

Horario
Centro de Gobierno. Horario: lunes - viernes 07:30 a.m.-03:30p.m. Sucursal Cascadas: Horario: lunes - viernes 08:00 a.m.-04:00 p.m. y sábado 09:00 a.m. -12:00 p.m. Sucursal Masferrer Horario: lunes - viernes 08:00 a.m.-04:00 p.m. Sucursal Pasatiempo (Lourdes Colón, La Libertad) Horario: lunes - viernes 08:00 a.m.-04:00 p.m. Sucursal Plaza Mundo (Soyapango) Horario: lunes - viernes 08:00 a.m.-04:00 p.m. Sucursal Santa Ana Horario: lunes - viernes 07:30 a.m.-03:30 p.m. Sucursal San Miguel Horario: lunes - viernes 07:30 a.m.-03:30 p.m. Sucursal Usulután Horario: lunes - viernes 07:30 a.m.-03:30 p.m
Observaciones
-Para evitar retrasos innecesarios e inconvenientes, lea detenidamente este Instructivo que contiene los requisitos que deberá cumplir y las formalidades de los documentos que anexará al trámite. -Los documentos presentados en la Gerencia de Extranjería, pasan a ser propiedad de la Dirección General de Migración y Extranjería. Institución que se reserva el derecho de otorgar la calidad migratoria solicitada y requerir información adicional que estime conveniente. -Los documentos emitidos en el extranjero deberán ser autenticados o apostillados debidamente traducidos al idioma castellano, según lo dispuesto en el Art. 162 de la Ley Especial de Migración y de Extranjería. -En todos los documentos que se anexen al trámite, su nombre y apellidos deben estar escritos conforme a los que se registran en su Pasaporte.
Costo total del servicio
Refrenda de Residente Definitivo centroamericano UN AÑO $30.00 DOS AÑOS $50.00 TRES AÑOS $ 75.00 CUATRO AÑOS $95.00 Refrenda de Residente Definitivo no centroamericano UN AÑO $65.00 DOS AÑOS $120.00 TRES AÑOS $160.00 CUATRO AÑOS $205.00

Archivos adjuntos

Nombre archivo adjunto
INSTRUCTIVO F- 37
Descripción archivo adjunto
INSTRUCTIVO F- 37
Archivo
Fecha de creación
23/07/2020
Fecha de última actualización
09/02/2024
Regresar al listado