DGEHM Dirección General de Energía, Hidrocarburos y Minas

Servicios

En este aparatado se publican los servicios ofrecidos por la institución indicando los lugares y horarios de atención, el procedimiento necesario para acceder a ellos, entre otros. Se recomienda hacer uso de los filtros o el buscador para optimizar su búsqueda.

12/04/2024
El Departamento de Supervisión y Control Petrolero (DSC-P), se encarga de desarrollar todas las actividades de inspección siguientes: Previa a las autorizaciones y nuevos proyectos de construcción, ampliación y remodelación: -Depósitos de aprovisionamiento (D/A), -Tanques para consumo privado (TCP), -Plantas de envasado de gas licuado de petróleo (GLP), -Estaciones de Servicio de CL automotrices y GLP vehicular y otros. Dentro de estas inspecciones están las que se realizan previa a la construcción, testificación de pruebas de hermeticidad, previas al funcionamiento y cualquier aspecto de ley que se requiera.
Creación: 15/11/2023
Actualización: 12/04/2024
12/04/2024
La DGEHM a través de la Dirección de Hidrocarburos y Minas ofrece un servicio esencial a personas naturales y/o jurídicas, salvadoreñas y/o extranjeras, interesadas en la industria de la minería no metálica, facilitando el otorgamiento de concesiones de explotación de minerales que cumplan con todos los requisitos de la Ley de Minería. Este servicio constituye un proceso bien estructurado, asegurando que los recursos minerales no metálicos sean extraídos de manera responsable y en cumplimiento con la reglamentación técnica, ambiental, social y legal.
Creación: 16/11/2023
Actualización: 12/04/2024
12/04/2024
En relación al Gas Licuado de Petróleo (GLP), se realizan las siguientes inspecciones: -Verificación del peso de GLP contenido en cilindros portátiles de uso doméstico. Verificando el contenido neto de cada cilindro en las presentaciones disponibles al mercado: 10 lb, 20 lb, 25 lb y 35 lb. -Verificación visual de cilindros portátiles en uso utilizados para envasar GLP de uso doméstico para controlar y verificar visualmente la integridad de los cilindros portátiles que están en uso y que se utilizan para envasar GLP de uso doméstico, con el fin de garantizar, entre otros, que no se le hayan realizado modificaciones no autorizadas a los cilindros en uso, así como que le hayan causado daños, utilización o sustracción de válvulas y bridas, la tara marcada sea la correcta en los cilindros portátiles, cilindros que no estén autorizados para su circulación (foráneos) y las condiciones de seguridad de los cilindros para seguir utilizándose en el mercado local. -Inventario de GLP, verificando los inventarios del GLP en cada planta de envasado con el fin de controlar los inventarios mínimos de seguridad del importador. -Verificación de cilindros nuevos. Se verifican en la fábrica, ya sea que los cilindros sean para el mercado nacional o para exportación. -El procedimiento acreditado de verificación de precios de venta regulados para el GLP contenido en cilindros portátiles de uso doméstico, verificando que cumpla con el precio establecido por la DGEHM, con o sin subsidio. -Verificación de lotes de válvulas y reguladores de baja presión para GLP, previo a autorizar su utilización en el mercado nacional. En el laboratorio de control de calidad de Hidrocarburos y Minas, se realizan análisis de laboratorio a los productos de petróleo para garantizar que dichos productos cumplen con las especificaciones de calidad establecidas en los reglamentos técnicos centroamericanos (RTCA) respectivos a cada producto.
Creación: 15/11/2023
Actualización: 12/04/2024
12/04/2024
Se realizan inspecciones a estaciones de servicio de CL automotrices desarrollando procedimientos acreditados bajo la norma internacional ISO/IEC 17020:2012, siendo las siguientes: - Verificación de calidad de combustibles líquidos (CL) dispensados en estaciones de servicio. En lo que refiere al número de octanos RON de las gasolinas y el índice de cetano calculado del aceite combustible diésel y presencia de agua y sedimentos, tomando muestras de los productos directamente de las pistolas de despacho de las dispensadoras para ser analizadas en el sitio (in situ) y/o para su identificación y registro para ser enviadas a laboratorio de control de calidad de la DHM de la DGEHM, ubicado en Acajutla, Sonsonate. Además, para verificar la existencia de agua en el fondo de los tanques de almacenamiento, como una medida para prevenir que los productos dispensados contengan agua. -Verificación de cantidad de combustibles líquidos dispensados en estaciones de servicio (con/sin ajuste de la temperatura sobre el metal del recipiente volumétrico). Para asegurar la entrega exacta de los productos al consumidor final. -Verificación de precios de venta de combustibles líquidos (CL) dispensados en estaciones de servicio. Se verifica el precio de venta de cada uno de los productos, que estén colocados en las carteleras de despacho (servicio completo o autoservicio) y que sean visibles a los consumidores. además, que cada vez que realicen cambio de precios los hayan reportado a la DGEHM. -Verificación de algunos aspectos técnicos (operativos y de seguridad) en estaciones de servicio. Se verifica condición de pantallas de las dispensadoras (visibilidad y funcionamiento), equipo contra incendio (extintores), cambios de denominación y operador, así como, cualquier remodelación, fuga o derrames de combustibles, depósitos utilizados para contener CL no autorizados, sistema eléctrico que no son a prueba de explosión (dispensadoras, tanques de almacenamiento y los extremos de tubos de venteo de tanques) que tengan y apliquen el plan de contingencia o como mínimo los procedimientos de emergencia por escrito y el programa permanente de entrenamiento y actualización del o los equipos de emergencia.
Creación: 15/11/2023
Actualización: 12/04/2024
12/04/2024
Sobre los Reglamentos Técnicos Salvadoreños de Eficiencia Energética. Los Reglamentos Técnicos Salvadoreños de Eficiencia Energética - RTSEE son un instrumento normativo que surgen de los acuerdos comerciales y compromisos internacionales suscritos por El Salvador: Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio - OTC con la OMC. El objetivo del RTSEE es establecer los límites de desempeño energético, los métodos de prueba y el etiquetado de las tecnologías más utilizadas y de mayor consumo de electricidad en la demanda nacional. La base legal de los reglamentos se retoma del Art. 1 de la Ley de Creación del Sistema Salvadoreño para la Calidad que busca promover la competitividad de los productores, importadores, exportadores y comercializadores en general y Contribuir a proteger los derechos de los consumidores y el goce a un medio ambiente sano, garantizando la seguridad y calidad de los productos, así como todo tipo de equipo e instalaciones. Los RTSEE contiene toda la información necesaria para su cumplimiento, descrita de la siguiente forma: - Objeto: describe el PARA QUE del RTS - Eficiencia Energética - Campo de aplicación: Define los criterios y las características técnicas de los equipos sujetos a la reglamentación (importación, fabricación y comercialización) - Requisitos de eficiencia: Establece los consumos máximos de energía (KWH) o la eficiencia mínima de los equipos. Además, hace Referencia a Normativas internacionales. - Métodos de prueba: Define los métodos de prueba en laboratorios para determinar el comportamiento energético de los equipos. - Etiquetado: Define la forma y el contenido de la información técnica que debe mostrarse a los consumidores (eficiencia, consumos. etc.) - Procedimiento de Evaluación de Conformidad PEC: Describe COMO se verificará el cumplimiento del reglamento y los actores involucrados: Fabricantes, importadores, proveedores, Organismos de, Certificación de Productos - OCP, Autoridad Competente, Vigilancia de Mercado - CNE, Defensoría, Aduanas, Consumidores. En el marco de la aplicación de los RTSEE las DGEHM ofrece los siguientes servicios: 1. Dictamen Técnico: documento por medio cual se declara que el producto descrito es conforme con el respectivo Reglamento Técnico Salvadoreño de Eficiencia Energética, con un valor de $500/ dictamen técnico. 2. Exoneración: Documento por medio el cual se declara que el producto no se encuentra dentro del campo de aplicación del respectivo Reglamento Técnico Salvadoreño de Eficiencia Energética, con un valor de $40/exoneración. (CABE RECALCAR QUE LOS ARANCELES RECOLECTADOS DE ESTOS SERVICIOS VAN DIRECTAMENTE PARA EL MINISTERIO DE HACIENDA).
Creación: 17/11/2023
Actualización: 12/04/2024