CNR Centro Nacional de Registros

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Embargos (de empresas, prendas, naves y participación social).

Asiento de inscripción

Requisitos generales

• Acta de ejecución, oficio y resolución del juez
* Recibo original de derechos de registro
• Fotocopia reducida al 74 % del documento en hoja tamaño oficio centrado.

Datos generales

Tiempo de respuesta
Hasta 5 días hábiles
Área encargada
Documentos Mercantiles.
Encargado del servicio
San Salvador: Licda. Carmen de Paredes; Santa Ana: Licda. María Emilia Castro; San Miguel: Licda. Ercilda García
Dirección donde solicitar el servicio

Oficina San Salvador:
Licda. Carmen de Paredes
Edificio CNR, Módulo 2; 1a. Calle Poniente y 43 Ave. Norte No. 2310 Tels.: 2593-5451, 2593-5463 y 2593-5469

Oficina Registro de Comercio Santa Ana:
Licda. María Emilia Castro
5 Av. Sur entre 27 y 33 Calle Oriente Tel.: 2890-2880.

Oficina Registro de Comercio San Miguel:
Licda. Ercilda García
15 Calle Oriente y 8° Ave. Sur, Centro de Gobierno de San Miguel. Tel: 2790-3200.

Ventanilla receptora Sonsonate: 6a. Ave. Sur. y 2a. Calle Oriente No.4-1, Barrio El Ángel. Tels.: 2890-4200.

Horario
De Lunes a Viernes de 7:30 a.m. a 4:00 p.m.
Observaciones
“Art. 69 Ley del Registro de Comercio Por el trámite de registro de embargo de una empresa mercantil, se pagarán $1.00 por cada millar o fracción de millar que refleje en su activo en la época en que se trabe el embargo, hasta un máximo de $12,000.00”. En caso de ser embargo sobre empresa, y en caso de ser prendas, naves y participación social el costo será el resultado del cálculo citado por el valor de estas.
Costo total del servicio
Se pagará $ 1.00 por cada millar o fracción de millar que refleje su activo en caso de ser embargo sobre empresa, y en caso de ser prendas, naves y participación social el costo será el resultado del cálculo citado por el valor de estas. conforme el inciso primero del artículo 66 de la LRC

Paso 1 Pago de derechos de registro

“Art. 69 Ley del Registro de Comercio Por el trámite de registro de embargo de una empresa mercantil, se pagarán $1.00 por cada millar o fracción de millar que refleje en su activo en la época en que se trabe el embargo, hasta un máximo de $12,000.00”

Persona responsable
Usuario
Requisitos
Poseer el monto monetario estipulado por ley.
Duración
8:00 a.m. a 4:00 p.m.
Tiempo de respuesta
Respuesta inmediata
Documentos a presentar

Paso 2 Entrega de documentos

“Art. 69 Ley del Registro de Comercio Por el trámite de registro de embargo de una empresa mercantil, se pagarán $1.00 por cada millar o fracción de millar que refleje en su activo en la época en que se trabe el embargo, hasta un máximo de $12,000.00”

Persona responsable
recepción de documentos mercantiles
Requisitos
haber cancelado el derecho de registro
Duración
7:30 a.m. a 4:00 p.m.
Tiempo de respuesta
Hasta 5 dias hábiles
Documentos a presentar
• Recibo original de derechos de registro • Fotocopia reducida al 74 % del documento en hoja tamaño oficio centrado
Fecha de creación
19/01/2017
Fecha de última actualización
03/10/2023
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