ISNA Instituto Salvadoreño Para el Desarrollo Integral de la Niñez y la Adolescencia

Ley Principal que rige a la institución

En este aparatado se publica el marco normativo principal de la institución que define competencias, conformación y estructura. Se recomienda hacer uso de los filtros o el buscador para optimizar su búsqueda.

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Ley de Protección Integral de la Niñez y Adolescencia LEPINA. Art. 180 LEPINA Competencias del ISNA. a) Difundir en todo el territorionacional la PNPNA bajo las directrices que emita el CONNA; b) Coordinar y supervisar a los miembros de la Red de Atención Compartida, e informar al CONNA de las infracciones e irregularidades cometidas por éstos, con el propósito se deduzcan las responsabilidades correspondientes; c) Difundir y promover el conocimiento de los derechos y deberes de las niñas, niños y adolescentes, así como de los informes del Comité de los Derechos del Niño de las Naciones Unidas; d) Desarrollar programas de protección, asistencia y educación para las niñas, niños y adolescentes cuyos derechos hayan sido vulnerados o se encuentren amenazados; e) Desarrollar programas para la formación y acreditación de familias para acogimiento familiar; f) Prestar los servicios necesarios para la ejecución y supervisión de las medidas de protección que dicten las autoridades administrativas o judiciales competentes y asistir a otras entidades en esta misma función; g) Elaborar planes y programas de carácter preventivo para la protección de las niñas, niños y adolescentes en su medio familiar y los de atención prestada en los centros estatales, municipales y organismos no gubernamentales; h) Promover y ejecutar estrategias, planes y programas de formación y capacitación dirigidos a la educación, mejoramiento y especialización de recursos humanos, en las áreas de atención, protección y tratamiento de la niñez y adolescencia, así como en materia de prevención de situaciones que afecten a la niña, niño, adolescente y su familia; i) Realizar y promover el desarrollo de investigaciones en materia de niñez, adolescencia y familia; j) Aprobar sus proyectos de presupuesto especial y sistema de salarios, conforme lo disponen las leyes especiales sobre la materia; k) Elaborar y decretar el reglamento interno y de funcionamiento del ISNA, así como los que le corresponda aplicar; y l) Las demás que le correspondan de conformidad con el ordenamiento jurídico.

Año: 2020
Vigente
Creación: 17/04/2012
Actualización: 16/05/2022