Santiago de María, Usulután Alcaldía Municipal de Santiago de María

Ley Principal que rige a la institución

En este aparatado se publica el marco normativo principal de la institución que define competencias, conformación y estructura. Se recomienda hacer uso de los filtros o el buscador para optimizar su búsqueda.

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Desarrolla los principios Constitucionales Referentes a la Organización, Funcionamiento y Ejercicio de las Facultades Autónomas de los Municipios.-

Año: 2022
Vigente
Creación: 30/06/2023
Actualización: 05/10/2023
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El objeto de la presente ley es desarrollar los principios constitucionales relativos a la carrera administrativa municipal y garantizar la eficiencia dela Administración Pública Municipal mediante el ofrecimiento de igualdad de oportunidades para el ingreso de las personas que lo soliciten al servicio público.-

Año: 2006
Vigente
Creación: 25/03/2017
Actualización: 05/10/2023
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Desarrolla los principios Constitucionales Referentes a la Organización, Funcionamiento y Ejercicio de las Facultades Autónomas de los Municipios.-

Año: 1986
Vigente
Creación: 25/03/2017
Actualización: 05/10/2023
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La finalidad de la presente Constitución de la República es hacer valer los derechos de las personas y sus obligaciones.-

Año: 1983
Vigente
Creación: 19/07/2022
Actualización: 05/10/2023
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Decreto Legislativo de 7 de marzo de 1874 erigiendo en pueblo, con el nombre de Santiago de María, al Valle del GramalPara el año 1841 existía la aldea del Valle del Gramal en la jurisdicción del pueblo de Tecapan. Posteriormente, El Gramal y Tecapán formaron uno de los cantones electorales del país. Para el año 1865 ingresó al departamento de Usulután, y el 4 de febrero de 1867 al distrito de Jucuapa.- El Gramal también fue una de las localidades que progresó gracias a esa industria, por lo que el 7 de marzo de 1874 fue erigido en pueblo con el nombre de Santiago de María

Año: 1874
Vigente
Creación: 06/04/2017
Actualización: 11/10/2023