ISSS Instituto Salvadoreño del Seguro Social

Regresar al listado Icon pdf Vista en PDF

CONSTRUCCIÓN DEL ÁREA DE EMERGENCIA Y MÁXIMA URGENCIA DEL HOSPITAL MÉDICO QUIRÚRGICO DEL ISSS

Nombre de la obra
CONSTRUCCIÓN DEL ÁREA DE EMERGENCIA Y MÁXIMA URGENCIA DEL HOSPITAL MÉDICO QUIRÚRGICO DEL ISSS
Ubicación exacta
Alameda Juan Pablo II, entre 25 y 27 avenida norte, San Salvador
Costo total de la obra
$2,671,099.80
Fuente de financiamiento
ISSS
Fecha de inicio de la obra
08 de febrero de 2021
Tiempo de ejecución
300 días calendario
Número de beneficiarios
2,671,099
Empresa o entidad ejecutora
N. G. INGENIEROS, S. A. DE C.V.
Empresa o entidad supervisora
Supervisado por personal de División de Infraestructura y Mantenimiento
Nombre del responsable de la obra
División de Infraestructura y Mantenimiento
Fecha de creación
19/10/2022
Fecha de última actualización
26/05/2023

Contenido del contrato

Forma de pago
OCTAVA. FORMA Y TRAMITE DE PAGO: 1. FORMA DE PAGO. EI pago será efectuado dentro de treinta (30) días contados a partir de la fecha de entrega de la factura y Acta de Recepción (cuando aplique) en la Seccion Tramite de Pago del ISSS.
Garantías
QUINTA. GARANTIA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO: Para garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas en virtud de este contrato, la Contratista deberá presentar a satisfacción del Instituto, una Garanta de Cumplimiento de Contrato, por un monto equivalente al diez por ciento (10%) del valor del presente contrato, la que deberá estar vigente a partir de la suscripción del mismo y hasta tres (3) meses después de la entrega a satisfacción de la Garanta de Buena Obra. En aplicación del Art. 31 inciso tercero y Art. 32 inciso tercero de la LACAP la vigencia de esta Garantía deberá estar redactada de la siguiente forma: La presente Garanta de Cumplimiento de Contrato, estará vigente a partir de la suscripción del contrato W 0-004/2021 y hasta tres (3) meses después de la entrega a satisfacción de la Garanta de Buena Obra. Cualquier otra disposición contenida en la presente garantía que afecte la vigencia anteriormente descrita será nula sin que dicha nulidad afecte otras cláusulas del presente contrato de fianza. SEXTA. GARANTIA DE BUENA OBRA: La Contratista se obliga a otorgar a favor del ISSS una Garantía de Buena Obra, para asegurar que la Contratista responderá por las fallas y desperfectos de los bienes y servicios (contenidos y detallados en el plan de oferta) que Ie sean imputables durante el periodo de un (1) año; el plazo de la vigencia de esta Garantía se contara a partir de la recepción definitiva de la obra. EI monto de la Garantía de Buena Obra será por un valor equivalente al diez por ciento (10%) del monto total final del presente contrato. La Contratista se obliga para con el ISSS a garantizar las obras, bienes y servicios contenidos en el Plan de Oferta, durante el plazo de un (1) año que se contara a partir de la fecha en que sea recibida las obras a entera satisfacción del ISSS, mediante el Acta de Recepción Definitiva, para responder cuando se detecten defectos 0 vicios ocultos en la ejecución de la obra 0 materiales, dentro del periodo de la Garantía la cual no podrá ser menor de un año. A partir de la entrega de la Garantía de Buena Obra y dentro del plazo establecido cualquier reparaci6n, sustituci6n 0 modificaci6n necesaria será la Divisi6n de Infraestructura y Mantenimiento del ISSS, quien podrá ordenarlas a la Contratista y Ie señalara el tiempo requerido para efectuarlas, quedando la Contratista obligada a realizar estas reparaciones, sustituciones 0 modificaciones exclusivamente por su cuenta y costo. En caso de incumplimiento por parte de la Contratista, el Administrador del Contrato notificara al Departamento de Contratos y Proveedores de la UACI, a fin de informar al Titular para los efectos legales correspondientes sin perjuicio de 10 establecido en el artículo 1660 del Código Civil. SEPTIMA. GARANTÍA DE BUENA INVERSION DE ANTICIPO: La Contratista se obliga a otorgar a favor del ISSS una Garantía de Buena Inversi6n de Anticipo, para garantizar que la Contratista aplicara efectivamente los recursos asignados en los rubros que deberá detallar en el Plan de Utilizaci6n del Anticipo. La cuantía de esta Garantía será por un valor equivalente al cien por ciento (100%) del anticipo concedido, el cual no podrá ser mayor al treinta por ciento (30%) del monte del presente contrato. Esta garantía estará vigente hasta el plazo de ejecuci6n de la obra y/o hasta la liquidaci6n del anticipo 0 según el Art. 34 de la LACAP, de conformidad a la forma de pago establecida en la Base de la Licitaci6n Publica en referencia y en el presente contrato. EI anticipo deberá ser cubierto a través del descuento correspondiente en las estimaciones de pago, debiendo estar completamente amortizado al cien por ciento (100%) antes de la última estimación (liquidación) sin que esto afecte el cinco por ciento (5%) de retención establecido en la LACAP.
Código de contrato
O-004/2021
Regresar al listado